Constellation Knowledge Network - Preguntas y respuestas sobre Bagua - ¿"Justicia visible" Chen Ruihua?——Notas de lectura

¿"Justicia visible" Chen Ruihua?——Notas de lectura

El estudioso del derecho comparado francés René Davy dijo una vez: "La educación jurídica es posible sólo porque el derecho se compone de cosas distintas a las disposiciones en constante cambio... Los legisladores pueden tomar decisiones de un solo golpe. Las disposiciones legales pueden Se pueden cambiar a voluntad, pero también hay otros elementos que no se pueden cambiar a voluntad, porque están estrechamente relacionados con nuestra civilización y forma de pensar: el legislador los trata como nuestro idioma o nuestra cultura. Los métodos de razonamiento son los mismos y no pueden. ejercer influencia. "Los lemas legales y los métodos de pensamiento legal que encarnan son precisamente los factores importantes detrás de las disposiciones legales. Han trascendido diferentes culturas a través de la acumulación histórica y tienen cierta aplicabilidad universal para nosotros. Es instructivo pensar en cuestiones legales.

La justicia no sólo debe lograrse, sino también de manera que la gente pueda verla

La justicia natural es el concepto central del Estado de derecho británico y es la base por la cual los jueces controlan al público* **Principios procesales básicos del comportamiento público. Este principio tiene dos requisitos básicos: primero, nadie puede actuar como juez en su propio caso; segundo, el juez debe escuchar las declaraciones de ambas partes;

Así como una misma persona debe acatar normas morales para ser una “buena persona”, los procedimientos y sistemas jurídicos también deben tener un mínimo de moralidad para ser “buenos” sistemas y procedimientos. Han aparecido varios regímenes autoritarios en la historia de la humanidad, como los nazis alemanes, los fascistas italianos, los militaristas japoneses, etc., y en general han establecido sistemas judiciales y procedimientos legales relativamente completos. Sin embargo, estos llamados "sistemas judiciales" y "procedimientos legales" no tienen las normas morales más básicas y no se ajustan a los conceptos humanos universales de equidad y justicia. En otras palabras, los procedimientos legales que no cumplen con valores como la equidad y la justicia, aunque sean muy completos, eficaces y prácticos, no tienen legitimidad moral.

Kant alguna vez consideró el siguiente pasaje como un "imperativo moral absoluto", que es el requisito mínimo de la justicia social: Trata siempre a los seres humanos, ya sea que actúes personalmente o en nombre de otros, como un fin, y Nunca lo trates simplemente como un medio.

Tal vez, la gente nunca pueda revelar el contenido de la justicia procesal al nivel "exhaustivo". Pero en cualquier caso, existen estándares definidos para la injusticia y la injusticia procesal. Se trata de hacer de las personas simplemente un medio o una herramienta y no un fin.

Si eres líder, por favor escucha pacientemente al denunciante; si quiere expresar sus quejas, por favor no lo detengas. El pobre hombre espera ganar el caso y está aún más ansioso por abrirte su corazón. Una vez bloqueada la apelación, la gente preguntará: "¿Por qué tiene tanto frío?" No todas las apelaciones tendrán éxito, pero una buena audiencia puede curar la tristeza del corazón. (Nota: Citado de Jerry L. Mashaw, "Administrative Due Process: The Quest for a Dignitary Theory", Boston University Law Review, Vol. 61, 1981.) Este poema, que nació en el antiguo Egipto hace miles de años, fue Se utiliza para ilustrar la importancia de brindar una audiencia justa a quienes tienen problemas.

Eternamente acompañado de la carga de la prueba está el riesgo de perder el caso.

Las razones de defensa activa en el proceso penal suelen incluir las siguientes categorías: en primer lugar, “el motivo de la coartada”; en segundo lugar, “el motivo por no haber alcanzado la edad legal de responsabilidad penal en el momento de cometer el delito”; tercero, "el delito". El cuarto son los motivos de legítima defensa y evasión de emergencia; el quinto son los motivos de "condicionalidad" e "inmunidad" establecidos por la ley penal. Una vez que el demandado plantea estas defensas, significa que ha planteado una reclamación litigiosa positiva. Las llamadas "reclamaciones litigiosas positivas" suelen ser aquellas que quieren cambiar el status quo de las cosas y negar la forma general de las cosas. Para este tipo de reclamaciones en litigio, es más conveniente y eficiente que el demandante presente pruebas para fundamentarlas que que el negador las falsifique.

Sin prueba no hay derecho” (latín Nulla probatio, nullum ius); “El demandado se convierte en demandante en defensa (latín Reus in excipiendo actor apto).

El tribunal no puede determinar que el acusado ha cometido un delito porque no ha presentado pruebas o no ha demostrado su inocencia. De lo contrario, sería un caso típico de "la afirmación del fiscal y la prueba del acusado". Obviamente, este tipo de lógica arbitral no se puede establecer.

La forma de pensar que primero asume la existencia de "hechos objetivos (normalmente hechos delictivos)" y luego los confirma o revela mediante el uso de pruebas es contraria al principio de adjudicación de pruebas, y también conduce a condenas injustas, falsas e injustas en algunos casos motivo principal. Según el principio de adjudicación de pruebas, las pruebas primero deben existir y luego se pueden determinar los hechos del caso inferidos de las pruebas. Para cualquier hecho que constituya un delito, mientras los investigadores no tengan pruebas, deberán emitir un juicio de que el hecho no está establecido. Este cambio en la forma de pensar tiene un gran significado práctico para prevenir condenas injustas, falsas e injustas.

El llamado aspecto subjetivo del delito es en realidad la combinación orgánica de los factores de conciencia y voluntad del perpetrador.

Por ejemplo, para constituir el delito de homicidio intencional, el autor debe tener intención subjetiva directa o intención indirecta, y el "factor de conciencia" de la intención directa suele ser que el actor sepa que su conducta inevitablemente causará daño a la sociedad. Resultado, y el "factor voluntad" es la búsqueda del actor de este resultado.

La llamada presunción es en realidad un método de determinación de hechos en el que los órganos judiciales determinan directamente que un determinado "hecho presunto" se establece con base en los "hechos básicos" que han sido probados. Si bien en el proceso de presunción el establecimiento de "hechos básicos" requiere evidencia sólida y suficiente para probarlo, no existe una inevitabilidad lógica o empírica entre "hechos básicos" y "hechos presuntos". Existe un salto lógico y una interrupción en el proceso. proceso de prueba judicial. La determinación de "hechos presuntivos" por los órganos judiciales no se logra mediante prueba judicial. En el proceso de determinación de los "hechos presuntos", las autoridades judiciales no cuentan con pruebas directas que sustenten ni pruebas indirectas que confirmen, sino que, cuando existen múltiples posibilidades, eligen una de ellas: el establecimiento del "hecho presunto". Por ello, la presunción se considera un método de determinación de hechos que “sustituye a la prueba judicial”.

Aunque las agencias fiscales en Alemania y Francia, al igual que sus homólogas británicas y estadounidenses, están ejerciendo poderes de persecución penal con poderes administrativos, todavía tienen un cierto sentido de agencias cuasijudiciales. Por ejemplo, los órganos fiscales de estos dos países tienen la misión de descubrir la verdad de la entidad y salvaguardar la equidad judicial. Durante el proceso de persecución penal, deben recolectar pruebas que no sean favorables para el acusado, así como pruebas que sean beneficiosas para él. el acusado; para la decisión del tribunal. Para las sentencias de primera o segunda instancia, los fiscales tienen que apelar desde un punto de vista legal, por lo que a veces apelan a favor del acusado. Otro ejemplo es que los fiscales y jueces adoptan un enfoque unificado en materia de formación: todos deben aprobar un examen judicial nacional unificado y todos deben realizar una pasantía judicial unificada y una formación profesional con carácter de aprendizaje; un camino unificado Como fiscal o juez. Incluso en el concepto francés, la conexión profesional entre fiscales y jueces es tan estrecha que se les llama "funcionarios judiciales permanentes" y "funcionarios judiciales en ejercicio", respectivamente.

Obviamente, tanto la lógica básica del procesamiento penal como la práctica básica de las actividades procesales muestran que existen contradicciones y conflictos irreconciliables entre la llamada "supervisión legal" y el procesamiento penal. Permitir que una agencia nacional responsable del procesamiento penal e incluso de las funciones de investigación criminal supervise y garantice la implementación unificada de las leyes nacionales y haga correcciones cuando otras agencias nacionales violan la ley tiene un cierto significado "utópico" y constituye un "mito" institucional. Por otra parte, la existencia del estatuto de supervisión jurídica de la fiscalía también tiene un impacto extremadamente negativo en la independencia de las decisiones judiciales y la paridad entre la acusación y la defensa. Esto se debe a que si los órganos de la fiscalía ejercen la llamada "supervisión jurídica" por encima de los tribunales, las actividades de resolución del caso no sólo nunca terminarán, sino que también se reiniciarán en cualquier momento, perjudicando así la firmeza de la resolución judicial. Además, el órgano de la fiscalía con la condición de "supervisor legal" siempre tendrá una condición y una mentalidad superiores y no estará "dispuesto" a estar en pie de igualdad con el imputado, que es el imputado. Esta desigualdad de estatus entre la fiscalía y la defensa tendrá un impacto negativo en la equidad de las decisiones judiciales.

Entonces, frente a un documento jurídico destinado a regular el proceso penal, ¿desde qué aspectos debemos evaluar su legitimidad? El autor no tiene talento, por lo que me gustaría proponer los siguientes criterios de evaluación basados ​​en mis limitados conocimientos profesionales:

Primero, si bien otorga más y mayor poder público, ¿la ley establece restricciones efectivas al poder público?

En segundo lugar, ¿son razonables las restricciones legales y las privaciones de derechos civiles?

En tercer lugar, ¿protege la ley los derechos de defensa efectiva de los sospechosos y acusados?

En cuarto lugar, ¿garantiza la ley la realización de un juicio justo?

En términos de la disposición del sistema judicial, la Ley de Procedimiento Penal debe considerar la realización de un juicio justo como el principal objetivo institucional. Deberíamos permanecer lo suficientemente atentos a los entornos institucionales del derecho procesal penal que obstaculizan la realización de este objetivo. Por ejemplo, el diseño procesal de la transferencia por parte de la fiscalía de todos los expedientes al tribunal ciertamente ayudará a los abogados a revisar los expedientes exhaustivamente, pero es probable que haga que el juez los revise exhaustivamente antes del juicio, lo que dará lugar a prejuicios e incluso la impresión de que el acusado ha "cometido un delito", y esto dará lugar a una formalidad en el proceso judicial y a una defensa sin sentido. Por poner otro ejemplo, si el imputado plantea objeciones a los hechos y pruebas encontrados en la sentencia de primera instancia, el tribunal de segunda instancia sólo puede abrir un juicio si lo considera un "caso de apelación que puede afectar la condena y la sentencia". Esto equivale a dejar el poder de decisión sobre la celebración de un proceso al tribunal de segunda instancia. Si el tribunal, ante las objeciones del acusado, insiste en concluir que esto no afectará la condena y la sentencia, ¿no sería arbitrariamente no visto el caso en el tribunal?

En quinto lugar, ¿la ley establece sanciones procesales para quienes abusen del poder público?

En el sistema procesal penal, se deben establecer, en la medida de lo posible, sanciones inválidas para las violaciones de los procedimientos legales por parte de los fiscales y órganos judiciales. La “declaración de nulidad” puede incluir la invalidación de pruebas obtenidas mediante investigaciones ilegales, la invalidación de procesos ilegales y la invalidación de sentencias producidas en juicios ilegales.

Para cualquier diseño de programa, si solo presenta algunos requisitos legales abstractos sin establecer las consecuencias inválidas de actividades ilegales, entonces la configuración del programa no se implementará ni ejecutará de manera efectiva, e incluso puede que se escriba por completo. Por ejemplo, aunque hay muchos avances institucionales en la Ley de Procedimiento Penal en relación con los derechos en litigio, como el derecho a entrevistar a abogados, el derecho a revisar expedientes y el derecho a investigar, en general no existen disposiciones para que las agencias que manejan los casos priven el derecho a entrevistar, restringir el derecho a revisar expedientes o no proteger el derecho a la investigación. Las consecuencias jurídicas de declararlo inválido ponen en duda su efecto de implementación. Por poner otro ejemplo, la Ley de Procedimiento Penal no incluye las acciones del tribunal al privar a los abogados de la oportunidad de contrainterrogar, rechazar las solicitudes de reevaluación de los abogados y rechazar las solicitudes de los abogados de notificar a los testigos para que comparezcan ante el tribunal para testificar. La Ley de Procedimiento Penal no los incluye como objetos aplicables para revocar la sentencia original y enviar para un nuevo juicio, por lo que estas violaciones de los procedimientos legales casi no están sancionadas.

En sexto lugar, ¿la ley proporciona canales de ayuda efectivos para las víctimas de abuso del poder público?

Ya sea un sospechoso, un acusado o una víctima, una vez que sus derechos son violados arbitrariamente por los órganos de seguridad pública, o sus derechos no pueden ser protegidos efectivamente, se le debe dar la oportunidad de solicitar reparación judicial y obtener una autoridad judicial neutral para brindar una oportunidad efectiva de reparación. Sin esta oportunidad de reparación judicial, la creación de cualquier derecho carecería de sentido. Por ejemplo, si el acusado y su defensor solicitan excluir pruebas ilegales y el tribunal se niega, ¿pueden solicitar un nuevo examen ante el tribunal de segunda instancia? ¿Puede el tribunal de segunda instancia volver a oír esto? En este sentido, la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país casi no contiene disposiciones específicas. Como otro ejemplo, la Ley de Procedimiento Penal de mi país permite a los sospechosos, acusados ​​y sus defensores solicitar cambios en las medidas coercitivas, y también pueden solicitar la terminación de aquellas medidas coercitivas que hayan expirado dentro del plazo legal. Sin embargo, si la fiscalía que aceptó la solicitud se niega a modificarla o cancelarla, ¿a qué organismo pueden presentar más solicitudes? Al respecto, la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país no contiene disposiciones claras. Sin duda, esto resultará en la obstrucción de los canales de reparación judicial y el fracaso total del mecanismo de reparación.

En séptimo lugar, a nivel técnico de la legislación, ¿hay declaraciones, lemas o declaraciones políticas en la ley que no sean posibles de implementar?

La Ley de Procedimiento Penal es una ley procesal y debe tener la mínima operatividad. Si ciertas disposiciones son meras declaraciones de políticas que no pueden implementarse efectivamente o transformarse en normas jurídicas vinculantes, entonces el valor de existencia de dichas disposiciones será prescindible. Por ejemplo, la Ley de Procedimiento Penal de mi país exige que las pruebas recopiladas por los defensores sobre la coartada del acusado, la menor edad de responsabilidad penal y la falta de responsabilidad penal se informen “oportunamente” a los órganos de seguridad pública y de fiscalía. Si el defensor no notifica a los organismos antes mencionados, ¿qué consecuencias jurídicas debería sufrir? ¿Debemos informar a los órganos de seguridad pública o a los órganos de fiscalía? Dado que no hay respuestas claras a estas preguntas, ¿cómo podemos esperar que se implemente esta disposición? Otro ejemplo, la Ley de Procedimiento Penal de mi país exige que el Tribunal Popular Supremo interrogue al acusado y escuche las opiniones del defensor durante la revisión de un caso de pena de muerte. La Fiscalía Popular Suprema también puede proporcionar opiniones al Tribunal Popular Supremo. Estas declaraciones vagas pueden convertirse en disposiciones inaplicables sin garantías institucionales específicas. ¿Interrogará el Tribunal Popular Supremo al acusado en persona o mediante un interrogatorio remoto por vídeo? Cuando el Tribunal Supremo Popular escucha las opiniones de los abogados, ¿lo hace personalmente o sólo acepta sus opiniones escritas? ¿La Fiscalía Suprema del Pueblo proporcionó opiniones escritas u opiniones orales en persona? Sin respuestas a estas preguntas, ¿se implementará esta disposición?

El establecimiento del orden jurídico depende en gran medida de la formación de una comunidad profesional de profesionales del Derecho. La llamada "unidad profesional de las personas jurídicas" significa que jueces, fiscales y abogados tienen el mismo conocimiento y alfabetización jurídica a través de una educación y capacitación similares, respetan la misma ética profesional y utilizan el mismo conjunto de conceptos y principios jurídicos. métodos de pensamiento jurídico y razonamiento lógico jurídico que es diferente al de la gente común. Aunque jueces, fiscales y abogados ejercen profesiones diferentes, los dos primeros son "abogados del gobierno" que ejercen el poder judicial del país, mientras que los segundos son "abogados de la oposición" que sólo brindan servicios legales a sus clientes, pero al menos pueden realizar una conducta racional. negociación, consulta y diálogo en una misma plataforma. Sin la unidad profesional más básica de las personas jurídicas, los abogados defensores y los fiscales se volverán hostiles y conflictivos en la oposición de los intereses del litigio, y no podrán controlar su confrontación del litigio dentro del ámbito de la racionalidad. Surgirán situaciones en las que una de las partes dependa de recursos judiciales estatales y abuse del poder estatal contra la otra parte. Al mismo tiempo, los abogados defensores y los jueces no pueden formar una interacción sana y se pierde la oportunidad de una comunicación racional entre los derechos de litigar y los poderes judiciales. Los jueces adoptarán completamente la postura de la persecución penal y ejercerán los poderes judiciales de manera arbitraria, sin poder hacerlo. para absorber opiniones de la defensa diferentes perspectivas y voces.

El principal signo de la formación de esta "unidad de la profesión jurídica" es que los tres tipos de profesionales del derecho no llevan a cabo actividades de litigio de acuerdo con sus respectivas identidades sociales y estatus políticos, sino que utilizan el "unificado". persona jurídica" El rol sigue el principio de "Juego Limpio" y lleva a cabo diversas actividades de litigio de manera equitativa y racional. Según la famosa explicación de Chu Anping, la esencia de un juego limpio es que "hay otros además de uno mismo":

Sin embargo, esta "unidad profesional de las personas jurídicas" no parece existir en la práctica judicial de China. signos de formación.

En marcado contraste con esto está la cuestión de la integración de los intereses de los "tres organismos de seguridad pública, fiscalía y justicia". La llamada integración de intereses de las tres agencias de seguridad pública, fiscalía y justicia significa que, como diferentes "agencias políticas y legales", estas tres agencias estatales han formado una alianza de intereses para castigar los delitos y mantener el orden social.

Especialmente cuando las actividades de defensa del abogado pueden poner en peligro el éxito del proceso penal, las tres agencias mostraron una postura inesperadamente comprensiva hacia el abogado defensor, mostrando incluso una indiferencia e incluso hostilidad completamente diferente.

Muchos de estos procesos penales contra abogados se basan en el artículo 306 de la Ley Penal de mi país. Según esta disposición penal, siempre que se demuestre que un abogado, como defensor o agente litigante, ha cometido un acto de "amenazar o inducir a un testigo a cambiar su testimonio contrario a los hechos o cometer perjurio", es suficiente para constituir el delito de obstrucción del testimonio, pudiendo ser castigado con hasta 7 años de prisión.

Debido a que existen problemas evidentes en el sistema de acceso profesional y en el sistema de movilidad profesional mutua de jueces, fiscales y abogados, y los organismos políticos y jurídicos son propensos a tener una cierta mentalidad de prevención y rectificación hacia los abogados, por lo tanto, los abogados son Todo el sistema político y legal no sólo está cada vez más marginado, sino que también crea contradicciones y oposiciones insuperables con los "tres órganos de seguridad pública, fiscalía y derecho" en términos de pensamiento jurídico, ética profesional y valores jurídicos. La falta de confianza mutua y cooperación entre abogados y organismos políticos y jurídicos determina que la llamada "unidad profesional jurídica" esté lejos de formarse. Es en este contexto que problemas como la dificultad para reunirse con abogados, la dificultad para revisar los documentos, la dificultad en la investigación y la vulnerabilidad al procesamiento penal en la etapa previa al juicio surgirán a gran escala y será casi imposible aprobar "reformas legales". " y "enmiendas a la ley". ” para resolver el problema.

Una serie de principios y sistemas establecidos por el derecho penal, como la legalidad del delito y la pena, la idoneidad del delito y la pena, la composición del delito, el alcance de la pena y el plazo de prescripción. para su enjuiciamiento, son en realidad restricciones estáticas al poder estatal. La principal función del procedimiento penal es imponer una serie de restricciones procesales a la privación por parte del Estado de los derechos básicos de los ciudadanos desde una perspectiva dinámica.

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