¿Por qué no puedo asistir al juicio?
Base jurídica: Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre pruebas en litigios civiles.
Artículo 74: El juez podrá interrogar a los testigos. Las partes y sus representantes en el litigio podrán interrogar a los testigos con autorización del juez.
Al interrogar a los testigos, otros testigos no deberán estar presentes.
Cuando el Tribunal Popular lo considere necesario, podrá requerir que los testigos contrainterroguen.
Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Pruebas en Litigios Civiles (Revisión de 2019).
Artículo 9 Los ciudadanos podrán participar en las audiencias públicas.
Cuando el número de asientos para espectadores no pueda satisfacer las necesidades, el tribunal popular podrá liberar el número de asientos para espectadores según el orden de solicitud o mediante sorteo o lotería, pero se dará prioridad a la organización de familiares cercanos de las partes u otros interesados para observar el caso.
No podrán participar las siguientes personas:
(1) Testigos, peritos y personas con conocimientos especializados que se dispongan a comparecer ante el tribunal para expresar opiniones (2) Menores de edad sin; aprobación del Tribunal Popular; (3) Negativa a aceptar la inspección de seguridad (4) Personas ebrias, personas con enfermedades mentales u otras personas con un estado mental anormal (5) Otras personas que puedan poner en peligro la seguridad del tribunal o alterar el orden de; la corte.
Ninguna unidad o individuo podrá organizar personas para participar en audiencias públicas donde se puedan sellar antecedentes penales de acuerdo con la ley.
Salvo disposición legal en contrario, nadie podrá participar en procedimientos judiciales cerrados conforme a la ley.
Varias disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre la estricta implementación del sistema de juicio público
Artículo 2 El Tribunal Popular conocerá públicamente de los casos de primera instancia de conformidad con la ley, excepto los siguientes casos:
(1) Casos que involucran secretos de Estado;
(2) Casos que involucran privacidad personal;
(3) Menores de edad mayores de catorce años. mayores y menores de dieciséis años cometan casos de delitos, así como los casos de menores mayores de 16 años y menores de 18 años que hayan cometido delitos que el Tribunal Popular haya decidido no conocer en público;
(4) casos de secreto comercial que el Tribunal Popular ha decidido no escuchar en público a solicitud de las partes interesadas;
(5) casos de divorcio en los que el Tribunal Popular decide no escucharlos en público a solicitud de las partes interesadas por las partes involucradas;
(6) Los demás casos que no se conozcan en público en los casos previstos por la ley.
Para los casos que no van a ser vistos en público, las razones para no escucharlos en público deben anunciarse en el tribunal.