Texto completo del Reglamento de audiencias sobre decisiones administrativas importantes de la provincia de Guangdong
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de regular las actividades de audiencia de las principales decisiones administrativas de los organismos administrativos provinciales, promover la toma de decisiones científicas, democráticas y jurídicas, y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, según el "Consejo de Estado". Estos reglamentos se formulan con base en las disposiciones pertinentes de la "Decisión sobre el fortalecimiento de la administración de los municipios y condados de conformidad con la ley" y los "Dictamenes del Consejo de Estado sobre el fortalecimiento de la Construcción de Gobiernos de Derecho” y basados en las condiciones actuales de esta provincia.
Artículo 2: Estas regulaciones se aplicarán a las actividades de audiencia de la toma de decisiones administrativas importantes realizadas por los gobiernos populares en todos los niveles dentro de la región administrativa de esta provincia y los departamentos de los gobiernos populares en o por encima de la nivel de condado (en adelante, agencias administrativas).
Si las leyes, reglamentos y normas dispusieran lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 3 Las instituciones jurídicas de los gobiernos populares en todos los niveles son responsables de la orientación, coordinación, supervisión y construcción del sistema de audiencias sobre las principales decisiones administrativas.
Los organismos de control de todos los niveles supervisan las audiencias de las decisiones administrativas importantes de conformidad con la ley.
Artículo 4 Las siguientes situaciones son decisiones administrativas importantes y se deben organizar audiencias:
(1) Asuntos de toma de decisiones administrativas que requieren audiencias según lo estipulado en las leyes, reglamentos y reglas;
(2) La preparación de planes importantes y otros asuntos de toma de decisiones administrativas que involucran intereses públicos importantes;
(3) Asuntos de toma de decisiones administrativas que involucran educación, atención médica, etc. involucran a una amplia gama de la sociedad y están estrechamente relacionados con los intereses de las personas;
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(4) Asuntos de toma de decisiones administrativas que la agencia administrativa considera necesario ser escuchados.
Artículo 5 El artículo 4 de este Reglamento estipula que para asuntos importantes de toma de decisiones administrativas que requieran audiencias, la agencia administrativa preparará una lista de audiencias y la publicará al público.
Los organismos administrativos deberán revisar y mejorar prontamente el catálogo de audiencias de conformidad con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, normas y el desarrollo económico y social.
Artículo 6 Las audiencias sobre decisiones administrativas importantes seguirán los principios de apertura, equidad e imparcialidad, escucharán plenamente las opiniones de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, y protegerán sus derechos a hacer declaraciones y contrainterrogatorios. .
Capítulo 2 Organización de audiencia Artículo 7 La organización de audiencia es un organismo administrativo que toma decisiones administrativas importantes.
Si la principal agencia de toma de decisiones administrativas es el gobierno popular a nivel de condado o superior, la agencia que propone la toma de decisiones administrativas u otras agencias designadas por el gobierno pueden actuar como agencia organizadora de la audiencia.
Artículo 8 Si dos o más agencias administrativas toman decisiones administrativas importantes al mismo tiempo, las agencias administrativas pertinentes organizarán conjuntamente una audiencia, o la agencia administrativa de nivel superior designará a una de las agencias administrativas para organizar la audiencia.
Artículo 9 Las agencias administrativas podrán encomendar a universidades, instituciones de investigación científica, grupos sociales y otras organizaciones pertinentes con funciones de gestión de asuntos públicos la organización de audiencias.
Capítulo 3 Participantes de la audiencia Artículo 10 Los participantes de la audiencia incluyen el anfitrión de la audiencia, el anfitrión de la audiencia y los participantes de la audiencia.
Artículo 11 El anfitrión de la audiencia será designado por la agencia organizadora de la audiencia. No podrá fungir como anfitrión de una audiencia quien tenga alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Responsable que participe en la formulación de planes de toma de decisiones administrativas (2) Tener interés en la audiencia; ;
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(3) Otros asuntos que puedan afectar la imparcialidad de la audiencia.
Artículo 12 El anfitrión de la audiencia deberá realizar las siguientes funciones:
(1) Presidir la audiencia;
(2) Mantener el orden de la audiencia y responder a violaciones de la orden de audiencia Dar una advertencia o tomar las medidas necesarias para detener el comportamiento disciplinario;
(3) Decidir sobre la suspensión y reanudación de las audiencias;
(4) Otros. deberes estipulados en leyes, reglamentos y normas.
Artículo 13 Las declaraciones de audiencia serán entregadas por personal del órgano de decisión administrativa.
El declarante de la audiencia deberá exponer verazmente el contenido, fundamento, motivos y antecedentes relevantes de la audiencia, y responder a las consultas de los participantes en la audiencia.
Artículo 14 Los participantes en la audiencia son seleccionados entre ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones que se inscriban voluntariamente para participar en la audiencia.
Los participantes en la audiencia pueden recopilar opiniones públicas, obtener materiales relacionados con asuntos de la audiencia, hacer preguntas sobre asuntos de la audiencia, expresar opiniones y recibir respuestas oportunas.
Los participantes de la audiencia deben asistir a la audiencia a tiempo, cumplir con la disciplina de la audiencia y reflejar objetiva y justamente sus opiniones y sugerencias relacionadas con los asuntos de la audiencia.
Si los participantes en la audiencia proponen por escrito proyectos de sugerencias para la toma de decisiones, deben explicar los fundamentos y los motivos.
Capítulo 4 Organización de las Audiencias Artículo 15 Las audiencias se celebran generalmente en forma de reuniones presenciales, pero también pueden realizarse a través de vídeo, Internet, etc.
Artículo 16 La organización de la audiencia publicará un anuncio de audiencia en el sitio web del portal del gobierno popular del mismo nivel o en el sitio web del portal de la agencia 30 días antes de la audiencia. El anuncio de la audiencia incluirá el propósito, contenido, base, hora, lugar y método de selección de los participantes de la audiencia.
Las organizaciones de audiencias deben dar amplia publicidad a los asuntos relacionados con las audiencias a través de conferencias de prensa, periódicos, radio, televisión o Internet, y alentar al público a participar activamente.
Artículo 17 La organización de audiencia determinará razonablemente el alcance, cuota, proporción y plazo de la audiencia en función de la naturaleza, complejidad y alcance de la audiencia y de acuerdo con los principios de extensión y representatividad, y anunciarlo en el anuncio de audiencia que figura en.
Artículo 18 Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones podrán inscribirse voluntariamente para participar en las audiencias según el anuncio de audiencia.
Cuando los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones se inscriban para participar en una audiencia, deberán expresar sus opiniones básicas sobre los asuntos de la audiencia, las cuales serán registradas por la agencia organizadora de la audiencia.
Artículo 19 El número de participantes en la audiencia será determinado por el organismo organizador de la audiencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, pero no podrá ser inferior a ocho.
Si el número de solicitantes con opiniones similares excede la proporción de participantes de la audiencia programada, el solicitante puede recomendar a los participantes de la audiencia mediante consulta; si hay dificultades en la recomendación mediante consulta, los candidatos deben seleccionarse mediante sorteo;
Si el número de personas que solicitan una audiencia o el número de personas que realmente participan en la audiencia es menor que el número especificado en el párrafo 1, la audiencia se pospondrá.
Artículo 20 La lista de participantes en la audiencia se determinará 20 días antes de la audiencia y se anunciará a través del portal web del gobierno popular del mismo nivel o del portal web de esta agencia.
La lista de participantes de la audiencia deberá incluir la identidad del anfitrión de la audiencia, el portavoz de la audiencia, los participantes de la audiencia y superiores.
Artículo 21 El aviso de audiencia y el contenido, fundamento, motivos y antecedentes relevantes de la audiencia se entregarán a los participantes en la audiencia 10 días antes de la audiencia.
Los materiales proporcionados por la organización de audiencias deben ser detallados, precisos en contenido y fáciles de entender. Si los participantes de la audiencia expresan opiniones diferentes sobre los materiales, la agencia organizadora de la audiencia deberá complementar o explicar los materiales.
Capítulo 5 Celebración de Audiencias Artículo 22 Las audiencias se llevarán a cabo en público, y se permitirá la observación de ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, excepto cuando se trate de secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal, entrevistas y. No se rechazarán los informes de los medios de comunicación.
Artículo 23 La audiencia se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes procedimientos:
(1) El personal verificará si el anfitrión de la audiencia y los participantes de la audiencia están presentes.
(2) El moderador de la audiencia anuncia el inicio de la audiencia, anuncia la disciplina de la audiencia, los motivos de la audiencia y la lista de moderadores de la audiencia, declaraciones de la audiencia y participantes de la audiencia.
(3) El declarante de la audiencia deberá exponer el contenido, los fundamentos, los motivos y los antecedentes relevantes de la audiencia; el participante en la audiencia deberá exponer el contenido, los fundamentos y los motivos del proyecto de decisión propuesto.
(4) Los participantes en la audiencia deberán expresar sus opiniones y sugerencias sobre la audiencia.
(5) El declarante de la audiencia deberá responder a las preguntas, opiniones y sugerencias de los participantes de la audiencia.
(6) La declaración de la audiencia y los participantes de la audiencia debaten los principales hechos y opiniones de la audiencia.
(7) Los participantes de la audiencia hacen declaraciones finales.
(8) El anfitrión de la audiencia anuncia el final de la audiencia.
Artículo 24 Si un participante en la audiencia tiene alguna objeción al procedimiento de la audiencia y al ejercicio de sus derechos, podrá plantearla al anfitrión de la audiencia en el acto. Si el moderador de audiencia cree que efectivamente existe una violación de este reglamento, deberá realizar las correcciones oportunas.
Artículo 25: Se producirán transcripciones de las audiencias y la agencia organizadora de la audiencia registrará verazmente las principales opiniones y motivos de todas las partes.
La transcripción de la audiencia deberá ser firmada y archivada por el anfitrión de la audiencia, el examinador de la audiencia y los participantes.
Si los participantes de la audiencia creen que hay errores u omisiones en la transcripción de la audiencia, tienen derecho a solicitar correcciones. Si un participante de la audiencia se niega a firmar, la agencia organizadora de la audiencia lo indicará en la transcripción de la audiencia.
Artículo 26 La organización de audiencia preparará un informe de audiencia basado en la transcripción de la audiencia dentro de los 10 días posteriores a la audiencia. El informe de la audiencia debe ser independiente, justo y objetivo e incluir los siguientes contenidos:
(1) Información básica sobre la organización de la audiencia;
(2) Métodos para escuchar a los participantes y sus información básica;
(3) Las principales opiniones o sugerencias de las partes de la audiencia y sus fundamentos y motivos.
(4) Los principales temas debatidos por las partes de la audiencia;
(5) Análisis y sugerencias de manejo de las opiniones de las partes involucradas en la audiencia;
(6) Otras circunstancias que requieran ser explicadas.
El informe de la audiencia deberá ir acompañado de transcripciones de la audiencia y otros materiales relevantes.
Capítulo 6 Resultados de las audiencias y aplicación Artículo 27 Las agencias administrativas utilizarán los informes de las audiencias como referencia importante para la toma de decisiones administrativas.
Artículo 28: Los órganos administrativos absorberán y adoptarán las opiniones y sugerencias razonables presentadas durante las audiencias. Para asuntos importantes de toma de decisiones administrativas a los que se opone la mayoría de los participantes en la audiencia, la agencia administrativa debe realizar más demostraciones antes de tomar una decisión.
La agencia organizadora de la audiencia proporcionará comentarios por escrito a los participantes de la audiencia sobre el estado de adopción de las opiniones y sugerencias y las razones por las que no se adoptaron, y las anunciará al público de manera adecuada.
Artículo 29: Los órganos administrativos no podrán tomar decisiones administrativas sobre asuntos decisorios administrativos importantes que deban ser conocidos conforme a la ley y que no hayan sido oídos.
Artículo 30: Las instituciones jurídicas gubernamentales deben considerar la posibilidad de organizar audiencias de conformidad con la ley como parte de la revisión de la legalidad de las decisiones administrativas importantes. Para asuntos importantes de toma de decisiones administrativas que debieran conocerse según la ley pero no hayan sido escuchados, no se aprobará el control de legalidad.
Capítulo 7 Responsabilidades Legales Artículo 31 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior considerarán las audiencias sobre decisiones administrativas importantes de las agencias administrativas como una parte importante de la evaluación administrativa de conformidad con la ley.
Artículo 32: Si un organismo administrativo viola estas normas y se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, el organismo supervisor o su organismo administrativo superior será responsable de las faltas administrativas de conformidad con las normas pertinentes, y podrá imponer Las sanciones impuestas al responsable directo y a los demás responsables directos serán sancionadas de conformidad con la ley:
(1) No preparar una lista de audiencias de conformidad con el reglamento;
(2) No celebrar una audiencia cuando la ley la exige;
(3) No organizar una audiencia de acuerdo con los procedimientos prescritos;
(4 ) Fraude durante el proceso de audiencia o uso de otros medios indebidos para influir en el resultado de la audiencia;
(5) Violación Otras situaciones especificadas en esta disposición.
Capítulo 8 Disposiciones complementarias Artículo 33 Se aplicarán al presente reglamento las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos para celebrar audiencias sobre decisiones administrativas importantes.
Artículo 34 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de junio de 2065.