Un resumen de casos sobre si el conductor contratado por el propietario real del vehículo afiliado forma una relación laboral con la unidad afiliada
Si un vehículo adquirido por un individuo está afiliado al empleador y es operado externamente a nombre de la unidad afiliada, el conductor contratado por el vehículo tiene una relación laboral de hecho con la unidad afiliada aunque la unidad afiliada; el vehículo está afiliado al empleador, no es operado externamente a nombre del empleador. Sí, no existe relación laboral con la unidad afiliada.
El Tribunal Administrativo del Tribunal Supremo Popular
"Respuesta a la cuestión de si las bajas en el trabajo de los conductores contratados por los propietarios reales de los vehículos operados por otras unidades pueden determinarse como lesiones relacionadas con el trabajo"
[2006] Xingta Zi No. 17
Tribunal Popular Superior Provincial de Anhui:
Su tribunal (2006) Wan Xingta Zi No. 0004 "Sobre vehículos afiliados a otras unidades Se ha recibido solicitud de instrucción sobre si las lesiones sufridas en el trabajo por conductores contratados por los propietarios reales de los vehículos operadores pueden ser reconocidas como lesiones relacionadas con el trabajo". Luego de la investigación, la respuesta es la siguiente:
Si un vehículo adquirido por un particular está afiliado a otra unidad y es operado externamente a nombre de la unidad afiliada, se forma una relación laboral de facto entre el conductor contratado por el individuo y la unidad afiliada Si la lesión se considera como una lesión relacionada con el trabajo, se aplicarán las disposiciones pertinentes de la Ley del Trabajo y el Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo.
3 de diciembre de 2007