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Contenido de las Medidas de Gestión para los Expertos en Revisión de Contrataciones Gubernamentales

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de las actividades de revisión de la contratación pública, estandarizar el comportamiento profesional de los expertos en revisión y mejorar la calidad de la contratación pública, estas Medidas se formulan de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes del Consejo de Estado.

Artículo 2 El término “expertos en revisión de adquisiciones gubernamentales” (en adelante, “expertos en revisión”) mencionados en estas Medidas se refiere a las personas que cumplen con las condiciones y requisitos estipulados en estas Medidas y participan en en el examen de la contratación pública a título independiente.

Estas Medidas se aplicarán a la evaluación de licitaciones de adquisiciones gubernamentales, negociaciones competitivas, consultas de precios, actividades de adquisiciones de una sola fuente y actividades de consultoría relacionadas por parte de expertos en evaluación de ofertas.

Artículo 3: Los expertos en evaluación de ofertas implementan el método de gestión de “condiciones unificadas, gestión jerárquica, intercambio de recursos, selección aleatoria y gestión separada”.

Artículo 4 Las calificaciones de los expertos en evaluación de ofertas son gestionadas por el departamento financiero y determinadas mediante una combinación de solicitud abierta, recomendación y autorrecomendación. Las agencias de adquisiciones centralizadas y las agencias de adquisiciones gubernamentales registradas en el departamento financiero (en adelante, "agencias de compras") pueden realizar una revisión preliminar de sus propios expertos en gestión de acuerdo con las disposiciones de estas Medidas y presentarlos al departamento financiero para su revisión. e inscripción como candidatos expertos en evaluación de ofertas.

Artículo 5 Los expertos en evaluación de ofertas se gestionarán a través de la base de datos de expertos en contratación pública. Los departamentos financieros de todos los niveles pueden establecer una base de datos unificada de expertos en adquisiciones gubernamentales basada en las realidades locales y los requisitos de integración de recursos, o pueden utilizar los recursos expertos existentes de los compradores y agencias de adquisiciones para construir la base de datos.

Artículo 6 La lista de expertos en evaluación de ofertas debe anunciarse en el medio de divulgación de información sobre adquisiciones gubernamentales designado por el Ministerio de Finanzas, o simultáneamente en el medio de difusión de información de adquisiciones gubernamentales designado por el departamento de finanzas provincial.

Artículo 7 El departamento financiero fortalecerá la supervisión y gestión de los expertos en revisión y regulará eficazmente el comportamiento profesional de los expertos en revisión. Artículo 8 Los expertos en evaluación de ofertas deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener alta calidad profesional y buena ética profesional, y ser capaces de ser objetivos, justos, honestos, autodisciplinados y disciplinados durante la contratación pública. proceso de evaluación de ofertas. El cumplimiento de la ley es el código de conducta;

(2) Haber trabajado en el campo correspondiente durante 8 años o más, tener una licenciatura o superior, un título profesional superior o equivalente. nivel profesional, ser competente en negocios profesionales, estar familiarizado con los productos y tener derecho a disfrutar en su campo profesional Tener cierta reputación;

(3) Estar familiarizado con las políticas y regulaciones relevantes, licitaciones y conocimiento de la teoría empresarial de la contratación pública y ser competente en el trabajo de revisión de la contratación pública;

(4) Estoy dispuesto a trabajar de forma independiente Participar en la evaluación de ofertas de contratación pública y aceptar la supervisión y gestión del departamento financiero ;

(5) No hay malos antecedentes de violaciones disciplinarias y leyes ilegales;

(6) Otras condiciones requeridas por el departamento financiero.

Artículo 9: Quienes no cumplan las condiciones y requisitos enumerados en el segundo párrafo del artículo 8, pero tengan experiencia profesional destacada en los campos pertinentes y estén familiarizados con las ventas en el mercado de productos básicos, y reúnan otras calificaciones de expertos, serán revisados ​​por el departamento financiero, pueden ser reconocidos como expertos en revisión.

Artículo 10: El personal en servicio y jubilado que cumpla con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 de estas Medidas podrá autorecomendarse al departamento financiero, comprador, agencia de compras o disponer de su unidad u otros expertos de la industria. recomendar. Las autorrecomendaciones o recomendaciones deben proporcionar los siguientes materiales:

(1) Cultura personal y currículum profesional;

(2) Certificados de cualificación cultural y profesional (original y copia);

(3) Resultados de investigaciones o trabajos personales (incluidos trabajos académicos, resultados de investigaciones científicas, invenciones y creaciones, etc.);

(4) Documentos válidos que acrediten mi identidad;

( 5) Evaluaciones y recomendaciones emitidas por mi unidad u organización industrial.

Artículo 11 Los peritos que hayan sido revisados ​​​​y registrados por el departamento financiero deberán tener calificación de peritos. El departamento financiero puede emitir un "Certificado de experto en revisión de adquisiciones públicas" según las necesidades de gestión.

Artículo 12 El departamento financiero revisará cada dos años las calificaciones de los peritos evaluadores designados, pudiendo continuar designándose aquellos que cumplan con las condiciones.

Artículo 13 La inspección de calificación y la revisión de los expertos revisores incluirán el siguiente contenido:

(1) Si el nivel profesional y la capacidad profesional del individuo pueden continuar cumpliendo con los requisitos para la contratación pública. revisar;

(2) Si estoy familiarizado y domino las nuevas disposiciones de las leyes, reglamentos, normas y políticas de contratación pública, y si he participado en la capacitación necesaria en materia de contratación pública;

( 3) Estoy participando en adquisiciones gubernamentales. Si cumplo estrictamente con una ética profesional objetiva y justa en las actividades de adquisiciones y realizo mis deberes concienzudamente;

(4) Si tengo algún mal historial de violación de las disposiciones de estas Medidas. u otras violaciones de la disciplina y la ley;

(V) ) Otros contenidos que el departamento financiero considere que deben ser evaluados.

Artículo 14 Si hay violaciones en la revisión de adquisiciones gubernamentales, si el revisor ya no está calificado para el trabajo de revisión, no pasa la revisión de inspección o solicita dejar de actuar como experto en revisión, el departamento financiero El departamento podrá tramitar los trámites de despido pertinentes en cualquier momento. Artículo 15 Los expertos en evaluación de ofertas gozarán de los siguientes derechos en las actividades de contratación pública:

(1) El derecho a conocer el sistema de contratación pública y la información relacionada;

(2) El derecho a saber acerca de los proveedores El derecho a evaluar la calidad de los bienes, proyectos y servicios prestados;

(3) El derecho a votar al recomendar proveedores candidatos ganadores;

(4) Revisión la remuneración laboral correspondiente conforme a la reglamentación;

(5) Los demás derechos que establezcan las leyes, reglamentos y normas.

Artículo 16 Los expertos en evaluación de ofertas tendrán las siguientes obligaciones en las actividades de contratación pública:

(1) Proporcionar opiniones de evaluación verdaderas y confiables para la contratación pública;

( 2) Cumplir estrictamente con las disciplinas de revisión de adquisiciones gubernamentales y no revelar el estado de la revisión al mundo exterior (excluyendo el párrafo 4 de este artículo);

(3) Se descubre que los proveedores tienen competencia desleal o intenciones maliciosas. en actividades de contratación pública. Cualquier colusión deberá informarse al organizador de la revisión de la contratación pública o al departamento financiero de manera oportuna y detenerse;

(4) Responder a consultas o consultas de las partes pertinentes sobre cuestiones relevantes en el gobierno. revisión de adquisiciones;

(5) Otras obligaciones previstas en leyes, reglamentos y normas.

Artículo 17 El personal pertinente del departamento financiero, los compradores y las agencias de adquisiciones mantendrán confidencial la información personal de los expertos en evaluación de ofertas. Artículo 18 La gestión y el uso de expertos deben estar relativamente separados. El departamento financiero debe establecer un sistema de gestión que restrinja el mantenimiento y la gestión de la base de datos de expertos, es decir, el mantenimiento y la gestión de la base de datos de expertos en contratación pública deben separarse del uso y la extracción.

Artículo 19 Los expertos serán, en principio, seleccionados por el comprador o la agencia de adquisiciones bajo la supervisión del departamento financiero. En circunstancias especiales, con el consentimiento del comprador o la agencia de adquisiciones, el personal experto de gestión y mantenimiento de la base de datos del departamento financiero también puede seleccionar aleatoriamente de la base de datos de expertos y hacer recomendaciones al comprador o la agencia de adquisiciones. Ninguna unidad o individuo podrá designar expertos en evaluación de ofertas ni interferir con la selección de expertos en evaluación de ofertas.

Artículo 20: Cada vez que se seleccionen los peritos requeridos, se deberán seleccionar más de dos peritos candidatos según la situación y ordenarlos en orden.

Los resultados y notificaciones de los expertos en evaluación de ofertas se registrarán in situ para su investigación.

Artículo 21: Cuando la base de datos de expertos en adquisiciones gubernamentales no pueda satisfacer las necesidades de industrias y productos especiales, el comprador y la agencia de adquisiciones podrán determinar expertos en evaluación de ofertas de acuerdo con las regulaciones pertinentes, pero deberán informar a la autoridad financiera. departamento para registro.

Artículo 22 El tiempo de selección de los expertos en evaluación de ofertas se realizará en principio medio día o un día antes de la apertura de ofertas, y no excederá de dos días en circunstancias especiales.

El personal relevante involucrado en la selección de expertos tiene la obligación de mantener confidenciales los nombres, unidades e información de contacto de los expertos seleccionados.

Artículo 23 La base de datos de expertos establecida por el departamento financiero debe brindar servicios abiertamente a los compradores y agencias de adquisiciones, y no debe ocultar deliberadamente los recursos de la base de datos de expertos.

Artículo 24 En principio, los expertos no participarán en la revisión de la contratación pública tres veces consecutivas dentro de un año.

Artículo 25 Los expertos en evaluación de ofertas participarán en la evaluación de ofertas de contratación pública de manera científica e imparcial, estarán libres de cualquier interferencia durante el proceso de evaluación de ofertas, presentarán opiniones de evaluación de ofertas de manera independiente y responsable y serán responsables de sus propias evaluaciones. . Asume la responsabilidad de los comentarios.

Artículo 26 Los expertos en evaluación de ofertas no participarán en las actividades de evaluación de ofertas para proyectos de contratación pública en los que tengan interés. Si lo invitan, debe tomar la iniciativa de retirarse del proyecto de evaluación que le interesa. El departamento financiero, el comprador o la agencia de compras también pueden exigir que los expertos en revisión se abstengan.

Las partes interesadas se refieren principalmente a aquellos que han ocupado cargos (incluidos trabajadores en general) o consultores en proveedores que participan en proyectos de adquisiciones dentro de los últimos tres años, y cuyos cónyuges o familiares directos han ocupado cargos en proveedores que participan en adquisiciones. proyectos o consultores, han tenido disputas legales con proveedores involucrados en proyectos de adquisiciones y otras situaciones que pueden afectar la evaluación justa de las ofertas.

Artículo 27. El departamento financiero establecerá un sistema de retroalimentación de información para los expertos en revisión de adquisiciones gubernamentales, escuchará las opiniones de las partes relevantes sobre el nivel profesional, la capacidad laboral, la ética profesional, etc. de los expertos en revisión, y verificará y verificar el contenido relevante. Organizar periódicamente a expertos para que estudien las leyes, reglamentos y políticas de contratación pública. Artículo 28 Los peritos que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias serán notificados para ser criticados o registrados como mala conducta.

(1) Los expertos seleccionados para el proyecto y aceptaron la invitación no participaron en la evaluación de la oferta dentro del tiempo establecido, lo que afectó el trabajo de contratación pública.

(2) Allí; hubo una tendencia evidente en el trabajo de evaluación de ofertas Sexual o discriminatoria;

(3) Violar la ética profesional y las normas nacionales sobre integridad y autodisciplina, pero no tener un impacto sustancial en los resultados de la evaluación;

(4) La violación de la contratación pública estipula que la divulgación de la evaluación de la oferta y otra información al mundo exterior;

(5) No puede responder o se niega a responder las consultas de las partes de la contratación de acuerdo con las regulaciones;

(6) Sin saberlo, las opiniones de revisión violan las políticas de contratación pública.

Artículo 29 Si un perito concurre alguna de las siguientes circunstancias, el departamento financiero cancelará su calificación como perito revisor de adquisiciones públicas.

(1) Dañar gravemente intencionalmente los derechos e intereses legítimos de compradores y proveedores.

(2) Violar las regulaciones nacionales sobre integridad y autodisciplina al contactar de forma privada o aceptar suministros que participan en actividades de adquisiciones gubernamentales propiedad o beneficios de proveedores y unidades de negocios relacionadas;

(3) Violar las regulaciones de adquisiciones gubernamentales y revelar evaluaciones de ofertas relevantes y otra información al mundo exterior, lo que tiene un impacto sustancial en los resultados de las ofertas;

( 4) Los expertos llegan a un acuerdo en privado, violando los principios de equidad y apertura, afectando e interfiriendo con los resultados de la revisión;

(5) Participando en otras actividades que dañan la imagen de la contratación pública en nombre de la contratación pública;

(6) Prácticas fraudulentas para obtener calificaciones de expertos;

(7) Revisar opiniones que violen gravemente las políticas y regulaciones de contratación pública.

Artículo 30: Los peritos que denuncien críticas o malos antecedentes dos veces en un año serán inhabilitados de revisión por más de un año. Quienes hayan acumulado más de tres veces no podrán volver a realizar trabajos de evaluación.

Artículo 31 Los organismos de supervisión de todos los niveles reforzarán la supervisión y la inspección del comportamiento personal de los expertos en evaluación de ofertas que sean sujetos de supervisión administrativa. Si se trata de violaciones relevantes de disciplinas y reglamentos, se impondrán sanciones administrativas. sobre el personal relevante de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 32 Si el comportamiento ilegal de un perito causa pérdidas económicas a las unidades pertinentes, el perito correspondiente asumirá la responsabilidad de indemnización financiera, si se constituye un delito, el perito será transferido a la autoridad judicial por responsabilidad penal;

Artículo 33: La notificación de críticas, malos antecedentes o descalificación de los expertos en evaluación de ofertas podrá anunciarse en los medios de difusión de información sobre adquisiciones gubernamentales designados por el departamento financiero.

Artículo 34: En el proceso de selección de expertos en evaluación de ofertas, el departamento financiero, comprador o agencia de adquisiciones viola el reglamento operativo u opera en secreto, o filtra deliberadamente el nombre, unidad o nombre de la oferta seleccionada. experto en evaluación, información de contacto, etc., pueden estar sujetos a las sanciones administrativas correspondientes por parte del departamento superior o autoridad supervisora ​​según las circunstancias específicas.

Artículo 35 Si el departamento financiero y su personal descuidan sus deberes, practican favoritismo, desempeñan incorrectamente sus funciones o interfieren indebidamente en la gestión de adquisiciones gubernamentales en la gestión de expertos, serán notificados y criticados; En casos graves, las sanciones administrativas correspondientes serán impuestas por la autoridad superior o autoridad de control. Artículo 36 Los departamentos (oficinas) de finanzas de todas las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central y ciudades bajo planificación estatal separada podrán formular medidas de implementación específicas de acuerdo con las disposiciones de estas Medidas.

El artículo 37 “Medidas para la Gestión de Peritos de Revisión de Contrataciones Públicas” entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

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