Notariado de demolición de vivienda
Base jurídica: “Reglamento sobre la Administración de Demolición de Viviendas Urbanas”
Artículo 13 Los demoledores y los derribados, de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento, acordarán la indemnización método y monto, vivienda de reasentamiento Se deberá celebrar una compensación por demolición y un acuerdo de reasentamiento con respecto al área, la ubicación del reasentamiento, el período de reubicación, el método de transición de reubicación y el período de transición.
Al derribar una vivienda arrendada, el demoledor deberá firmar un convenio de compensación de demolición y reasentamiento con la persona derribada y el arrendatario de la vivienda.
Artículo 14 Si las casas administradas por el departamento de gestión de demolición de casas necesitan ser demolidas, la compensación de demolición y el acuerdo de reasentamiento deben ser notariados por la autoridad notarial y se deben conservar las pruebas.