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Protección mundial de los recursos de agua dulce

Desde el siglo XX, la comunidad internacional se ha dado cuenta gradualmente de la gravedad de los problemas del agua dulce. Durante este período, el valor social, económico y ecológico del agua dulce ha recibido amplia atención, con mayor énfasis en la distribución eficiente del agua, teniendo en cuenta la distribución equitativa e intergeneracional del agua dulce, reconociendo que la gestión de cuencas es la clave para una gestión eficaz de los recursos de agua dulce. y los beneficios para todos El papel de las partes interesadas en la gestión del agua. La protección de los recursos mundiales de agua dulce ha comenzado y las Naciones Unidas y sus estados miembros han hecho enormes esfuerzos con este fin. Al convocar conferencias internacionales, proponer declaraciones internacionales y concluir tratados internacionales, se ha ajustado la relación entre los países en la utilización de los recursos de agua dulce, se han estipulado las obligaciones de los países en la protección de los recursos de agua dulce globales y se han logrado resultados notables. Los países también han firmado muchos tratados o acuerdos multilaterales o bilaterales para utilizar de manera efectiva y equitativa sus recursos de agua dulce asociados. Sin embargo, todavía existen muchas deficiencias en la protección mundial de los recursos de agua dulce debido a la falta de una entidad de gestión de recursos de agua dulce verdaderamente internacional y al impacto negativo de la soberanía nacional sobre los recursos. Protección internacional de los recursos de agua dulce

Las Reglas de Helsinki, adoptadas por la Asociación de Derecho Internacional en 1966, son uno de los documentos internacionales sobre agua dulce más antiguos y citados con más frecuencia. Los principios básicos establecidos en el Artículo 4 reconocen el derecho de todo país en una cuenca internacional a un uso razonable y equitativo de las aguas dentro de la cuenca. Además del principio de utilización equitativa, el artículo 10 también estipula que los países no causarán ninguna nueva forma de contaminación en las cuencas internacionales de agua ni aumentarán los niveles existentes de contaminación del agua, que puedan causar daños graves al territorio de otro país dentro de la cuenca. . El Estado tomará todas las medidas razonables para reducir la contaminación existente de cualquier tipo a fin de no causar daños en el territorio de otro Estado en la cuenca. Sin embargo, la norma ha sido criticada porque no define claramente cómo se usa y consume el agua y no es vinculante. Sin embargo, las Reglas de Helsinki han sido ampliamente citadas y desarrolladas en otras conferencias internacionales.

En la Declaración propuesta por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972, el Principio 2 - "Los recursos naturales de la tierra, incluidos el aire, el agua, la tierra, las plantas y los animales, deben ser protegidos". en beneficio de ésta y de las generaciones futuras." , especialmente los especímenes representativos de la ecología natural, deben protegerse mediante una planificación cuidadosa o una gestión adecuada." Principio 3: "Debe fortalecerse la cooperación internacional para proteger los recursos hídricos de la Tierra". aún más importante. Por un lado, esto muestra que la comunidad internacional ha profundizado aún más su comprensión de la crisis del agua dulce y, al mismo tiempo, también muestra que la crisis del agua dulce que enfrenta la humanidad es cada vez más grave.

En 65438-0977 se celebró la primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Recursos Hídricos en Mar del Plata, Argentina, y se adoptó el "Plan de Acción de Mar del Plata". El Congreso recomendó estudiar métodos que podrían utilizarse para gestionar los recursos hídricos de los que disfruta * * * *, desarrollar planes para los mismos e implementar los mecanismos necesarios para coordinar el uso de los recursos hídricos, y propuso "Sobre el uso de los recursos hídricos disfrutado por * * * *, Gestión y desarrollo, todos los países deben tener en cuenta los derechos de cada país... para poder hacer un uso igualitario de estos derechos."

La Declaración de Estocolmo de 1972 afirmó que " "La capacidad de la Tierra para producir recursos renovables de vital importancia debe mantenerse, y restaurarse o mejorarse cuando sea posible", que proporciona una dirección para proteger los recursos mundiales de agua dulce. El plan de acción de la conferencia exige cooperación y colaboración internacionales para prevenir la contaminación del agua dulce. proteger todo el recurso hídrico.

(Recomendaciones 51-55). Desde entonces, la Declaración de Nairobi de 1982 y la Declaración de Río de 1992 también reafirmaron la protección de los recursos de agua dulce. La trascendental Agenda 21 fue adoptada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro del 3 al 4 de junio de 1992. La "Agenda 21", en su Capítulo 18 "Protección de la calidad y el suministro de los recursos de agua dulce: adopción de un enfoque integrado para el desarrollo, la gestión y la utilización de los recursos hídricos", analiza el desarrollo y la gestión integrales de los recursos hídricos, la evaluación y la protección de los recursos hídricos. de los recursos hídricos y la calidad del agua y los ecosistemas acuáticos, con miras a satisfacer las necesidades de agua dulce de todos los países para lograr el desarrollo sostenible.

La Agenda 21 estipula que los recursos hídricos deben planificarse y gestionarse de manera integrada, lo que debe abarcar todas las masas de agua dulce relevantes, incluidas las superficiales y subterráneas, teniendo debidamente en cuenta la cantidad y calidad del agua. La idea básica de la gestión integrada de los recursos hídricos es que el agua es una parte integral del ecosistema, un recurso natural, un bien social y un bien valioso. La cantidad y calidad de los recursos hídricos determinan la naturaleza de su uso.

La protección más poderosa para los ecosistemas fluviales internacionales es la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación. En 1981, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, responsable del desarrollo y codificación del derecho internacional, comenzó a formular leyes sobre el uso de cursos de agua internacionales para fines no navegables. En 1990, se adoptaron normas internacionales de protección del medio ambiente acuático. El 5 de mayo de 1997, de conformidad con lo dispuesto por la Comisión de Derecho Internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación. Esta convención marco incluye cuatro categorías de artículos: reglas generales aplicables a todos los cursos de agua internacionales (artículos 5 a 10), reglas de procedimiento para la implementación de estas reglas (artículos 11 a 19 y 29 a 32) y disposiciones sobre la protección del agua dulce. Disposiciones sustantivas para la conservación y gestión (Artículos 20-28). Según la Convención, los Estados del curso de agua utilizarán los cursos de agua internacionales de manera justa y razonable dentro de sus respectivos territorios y de la manera más apropiada y sostenible para proteger plenamente los cursos de agua internacionales. Además, los Estados del curso de agua deben participar en la utilización, el desarrollo y la protección de los cursos de agua internacionales de manera justa y razonable y están obligados a cooperar en la protección y el desarrollo de los cursos de agua internacionales.

Los Estados están obligados a adoptar todas las medidas apropiadas para evitar daños importantes a otros Estados del curso de agua. Cualquier país que cause tales daños debe negociar con el país afectado para eliminar o reducir los daños y, si es necesario, discutir la compensación por las pérdidas. La Convención exige que los Estados del curso de agua protejan, preserven y gestionen los cursos de agua internacionales y su calidad, especialmente los ecosistemas de los cursos de agua. Las medidas propugnadas por el Convenio incluyen: a. Determinar los mismos objetivos de calidad del agua y estándares de descarga, utilizando tecnologías y métodos apropiados para fuentes de contaminación centralizadas y descentralizadas, y determinando una lista de sustancias que deberían prohibirse, restringirse o monitorearse. b. La protección de los recursos biológicos de las vías navegables debería ser el objetivo de la prevención y el control de la contaminación. c. En cuanto a la gestión de los cursos de agua, la Convención exige el establecimiento de un mecanismo de gestión conjunta.

El clímax de la protección internacional de los recursos de agua dulce fue el Año Internacional del Agua Dulce en 2003. En marzo de 2003, se celebró el Tercer Foro Mundial del Agua en Kyoto, Japón. Asistieron a la reunión 1.000 representantes de 165 países y regiones, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales. De conformidad con las disposiciones pertinentes del Programa 21, la Asamblea General decidió que 2003 sería el Año Internacional del Agua Dulce. En la reunión se discutió ampliamente la gravedad de la crisis del agua y la urgencia de tomar medidas proactivas para frenarla. Los temas discutidos incluyen suministro de agua, agua y clima, agua y transporte, agua y diversidad cultural, agua y saneamiento, contaminación e higiene del agua, agua y energía, agua y alimentos, agua e igualdad de género, agua y medio ambiente, información y gestión del agua. , agua y alivio de la pobreza, etc. , el propósito es brindar a más personas un acceso adecuado al agua y al agua potable. Desde finales de la década de 1960, organizaciones internacionales regionales como la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa o el Consejo de Europa han elaborado una serie de documentos sobre ríos internacionales, que generalmente no son vinculantes. En la década de 1990, los principios establecidos en estos documentos se transformaron en tratados.

Como región relativamente bien integrada, Europa está a la vanguardia de la protección regional del agua dulce. Ya el 6 de mayo de 1968, el Consejo Europeo adoptó la Carta Europea del Agua. Hoy en día, la mayoría de los principios que presenta son hechos aceptados. Poco después, el 16 de septiembre de 1968, el Consejo de la Unión Europea adoptó el Acuerdo Europeo sobre la restricción del uso de determinados detergentes en productos de lavandería. La Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa también ha emitido una serie de recomendaciones sobre la protección de los recursos hídricos, incluidas las Recomendaciones de 1970 sobre la protección de las aguas superficiales y subterráneas frente al petróleo y sus productos. Durante la década de 1980 a 1990, el Grupo del Agua de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas redactó una serie de documentos sobre cooperación en materia de aguas fronterizas. En resumen, Europa y la Unión Europea, que están altamente integradas política, económica y culturalmente, han dado un ejemplo al mundo en la protección regional de los recursos de agua dulce.

(1) Convenio Europeo sobre la Protección y Utilización de Ríos Transfronterizos y Lagos Internacionales

El 17 de marzo de 1992, la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas adoptó el "Convenio sobre la Protección y Utilización de Ríos Transfronterizos y Lagos Internacionales" en Helsinki. La Convención de los Lagos Internacionales, también conocida como Convención de Helsinki, se aplica en toda Europa, Canadá y Estados Unidos. La Convención ha entrado en vigor y se ha convertido en un modelo para futuros acuerdos sobre el Danubio y otros ríos regionales de Europa.

El Convenio de Helsinki no es un convenio marco formal y requiere un enfoque coherente para los ríos de Europa y América del Norte. Hasta cierto punto, combina dos tipos de normas de derecho internacional: las que se refieren a la contaminación transfronteriza y las que previenen específicamente la contaminación de los ríos. Las partes del Convenio de Helsinki adoptaron el Protocolo de Londres sobre agua y salud en junio de 1999. Los objetivos del Protocolo son promover la protección de la salud humana en todos los niveles, mejorar la gestión de los recursos hídricos, incluida la protección de los ecosistemas acuáticos, y garantizar el acceso al agua potable y limpia para todos en el marco del desarrollo sostenible.

(2) Modelo de directiva de gestión de agua dulce de la UE

Como entidad cuasi federal, la Unión Europea (la predecesora de la Unión Europea) trata el territorio de sus estados miembros como un en su conjunto, no sólo. Es una zona de aguas transfronterizas. La directiva de control de la contaminación del agua más importante de Europa se centra en la contaminación causada por el vertido de algunas sustancias peligrosas en el medio acuático europeo (incluidas las aguas territoriales y las aguas interiores) (Directiva 76/464). El 17 de febrero de 1979, la Unión Europea adoptó otra Directiva 80/68 específica para las aguas subterráneas: Directiva sobre la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación por determinadas sustancias nocivas. Dos notas importantes van acompañadas de una lista relacionada. Las directivas sobre contaminación del agua establecidas por los países europeos establecen estándares de emisión, imponen controles de calidad o ambas cosas. Además, la Unión Europea ha adoptado muchas otras directivas que establecen estándares de calidad para diferentes fuentes de agua y para diferentes usos. Durante más de un siglo ha habido muchos tratados sobre ríos o lagos internacionales, pero inicialmente estas aguas no estaban destinadas a proteger los recursos de agua dulce sino a la navegación, la pesca y el control de inundaciones. Aunque algunos tratados firmados entre países para resolver cuestiones fronterizas incluyen disposiciones sobre prevención y control de la contaminación del agua, existen muy pocos tratados internacionales cuyo objetivo principal sea proteger el agua dulce. Desde la década de 1960, se han celebrado muchos tratados entre países de todos los continentes específicamente para proteger ríos o lagos internacionales.

En Europa, la protección del río Rin tiene una larga historia y se ha formulado un importante sistema de tratados para proteger el río Rin. Hay dos organizaciones internacionales especializadas en el aprovechamiento y protección del Rin: una es el Comité del Centro de Navegación del Rin, fundado en 1815, y la otra es el Comité Internacional del Rin, fundado en 1963. El primero estableció una serie de normas vinculantes para prevenir la contaminación del agua de los ríos por hidrocarburos, prohibir o restringir el transporte de determinadas mercancías peligrosas y, en 1996, estableció el Convenio sobre la recogida y eliminación de los desechos de la navegación en el Rin.

Este último adoptó el Convenio para la protección del río Rin el 22 de octubre de 1998, que desarrolló aún más el Convenio de Bonn de 1976 para la protección del río Rin contra la contaminación química. Considerar el desarrollo sostenible del ecosistema del Rin en su conjunto, considerando el río, las riberas y las zonas de influencia del río, no sólo se aplica al Rin, sino también a las aguas subterráneas conectadas a él. El nuevo "Acuerdo del Rin" adoptado por la "Conferencia Ministerial del Rin" en 2001 y 2011 reemplazó al "Convenio de Bonn" y se convirtió en la base para la cooperación mutua entre los países a lo largo del río Rin y los países de Europa del Este. Otros convenios europeos relevantes han establecido mecanismos similares para controlar la contaminación de los ríos internacionales. En 1990, Alemania, Checoslovaquia y la Unión Europea crearon la Comisión Internacional para la Protección del Río Elba. El objetivo del acuerdo tripartito es aprovechar el río, especialmente para proporcionar agua para beber y para la agricultura, para lograr un ecosistema natural con la mayor diversidad de especies posible y reducir la contaminación de la cuenca del río Elba hasta el Mar del Norte. El 11 de junio de 1994, los países de Europa central y oriental y los países europeos adoptaron el Convenio sobre la cooperación para la protección y utilización sostenible del río Danubio (en lo sucesivo, el "Convenio del río Danubio"). Gestión de los recursos hídricos, incluida la protección, mejora y utilización racional de las aguas superficiales y subterráneas en las cuencas fluviales. De los tratados existentes para proteger el medio ambiente acuático terrestre, el Convenio del Danubio es el más avanzado porque adopta un enfoque integral. En abril de 1994, Francia, los Países Bajos y Bélgica firmaron dos acuerdos únicos aplicables a los ríos Mosa y Guerdet. Los dos acuerdos son únicos porque distinguen entre sistemas hídricos y cuencas fluviales.

En América del Norte se han establecido dos regímenes de tratados sobre aguas terrestres, uno en las aguas fronterizas entre Estados Unidos y Canadá y el otro en las aguas fronterizas entre Estados Unidos y México. El Reino Unido y los Estados Unidos firmaron el "Tratado de aguas fronterizas entre Estados Unidos y Canadá y cuestiones relacionadas" en 1909, que incluía una cláusula que estipulaba que las aguas fronterizas entre Estados Unidos y Canadá no debían ser contaminadas. satisfactorio, y los Grandes Lagos todavía estaban afectados por una grave contaminación. En la década de 1960, Estados Unidos y Canadá renovaron sus esfuerzos para cumplir con sus obligaciones y firmaron el Acuerdo sobre la Calidad del Agua de los Grandes Lagos en 1972 y 1978 respectivamente, reafirmando las disposiciones pertinentes del sistema hídrico de los Grandes Lagos. En 1987, los dos países firmaron el Acuerdo sobre la Calidad del Agua de los Grandes Lagos entre Estados Unidos y Canadá, cuyo objetivo es "restaurar y mantener la unidad química, física y biológica de las aguas del ecosistema de los Grandes Lagos". una mayor mejora en la comprensión de la protección de los recursos de agua dulce y nuevos desarrollos. La frontera entre Estados Unidos y México también presenta serios problemas ambientales relacionados con los recursos hídricos. Para resolver el problema de la distribución del agua, los dos países firmaron el Convenio de Riego del Río Grande y el Tratado de Utilización del Agua de Colorado, Tijuana y Río Grande en 1906 y 1944, respectivamente. El tratado se centra en la distribución del agua pero ignora la protección del medio ambiente acuático. Del 65438 al 0983, Estados Unidos y México firmaron un nuevo acuerdo marco y acordaron cooperar en cuestiones ambientales fronterizas. Esta es la primera vez que ambos países reconocen sus obligaciones de prevenir la contaminación en sus fronteras. Dos de los cuatro anexos del Acuerdo tratan del uso y protección de las aguas fronterizas.

En Asia, se ha avanzado hacia la adopción de un enfoque que abarque toda la cuenca. Ejemplos de cooperación transnacional en la gestión del agua en el sur de Asia incluyen el Acuerdo para Compartir el Agua de la Cuenca del Indo entre India y Pakistán, el elogiado Tratado para Compartir el Agua entre India y Bangladesh, la cooperación para el desarrollo de energía hidroeléctrica entre India y Bután y la cooperación transnacional para la gestión de ríos entre India y Nepal. Sin embargo, los tratados sobre ríos y lagos internacionales en Asia tratan principalmente sobre el uso del agua más que sobre la conservación. El Tratado de la Cuenca del Río Ganges de 1992 entre Bangladesh y la India y el Tratado de Desarrollo Integral del Río Mahakali de 1996 entre la India y Nepal son buenos ejemplos. Su principal objetivo es aclarar la cantidad de agua a la que tienen derecho las Partes. El Acuerdo Interino de 1995 entre Israel y la Organización de Liberación de Palestina sobre las orillas del río Jordán y la Franja de Gaza se refiere principalmente al disfrute de los recursos hídricos. Un tratado más importante para proteger las aguas terrestres asiáticas es el Acuerdo de Cooperación para el Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Río Mekong adoptado por Camboya, Laos, Tailandia y Vietnam en 1995. El acuerdo adopta un enfoque de cuenca y, por tanto, tiene un amplio ámbito de aplicación, pero carece de la participación de China, el país río arriba del río.

En África, se implementó una nueva reforma política, concretamente el paso a la gestión integrada de los recursos hídricos (GIRH). La gestión integrada de los recursos hídricos no se limita al nivel nacional sino que también incluye la gestión de cuencas compartidas por dos o más países. El Acuerdo sobre la Cuenca del Río Níger de 1963 estipula que los países ribereños cooperarán en el estudio y ejecución de cualquier proyecto que pueda tener un impacto significativo en un aspecto del sistema fluvial, sus afluentes y subafluentes, las condiciones sanitarias de las aguas y el Características biológicas de la flora y la fauna. El Acuerdo del Río Gambia de 1978 también contiene disposiciones similares. En 1994, Kenia, Tanzania y Uganda firmaron un acuerdo preparatorio tripartito de planificación de la gestión ambiental para el lago Victoria. Sobre esta base, en 1995 se creó el proyecto del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, que se centra en la gestión de la pesca, el control de la contaminación, el control de la invasión de malezas y la gestión de la utilización de las cuencas hidrográficas. En 1995, la Comunidad de Desarrollo de África Meridional adoptó el Protocolo sobre sistemas fluviales compartidos, estableciendo los principios de intereses coherentes y cooperación estrecha. El "Proyecto de la Cuenca del Nilo" promulgado en 1999 es un proyecto conjunto entre los 10 países a través de los cuales fluye el río Nilo, cuyo objetivo es garantizar el desarrollo sostenible de los recursos, la seguridad, la cooperación y la alianza económica.

En América Latina, Argentina y Uruguay establecieron la Carta del Río Uruguay en 1975 con el propósito de coordinar a los dos países a través de un comité establecido por el tratado para tomar medidas apropiadas para prevenir desequilibrios ecológicos y controlar los desechos de manera racional y zonas de captación y otras sustancias nocivas. En 1995, Argentina, Bolivia y Paraguay formaron una comisión tripartita para desarrollar la cuenca del río Picomayo. Esta agencia monitoreará la calidad del agua del río y propondrá estándares de descarga para contaminantes específicos.

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