Reglamento de gestión de la producción de seguridad de los buques pesqueros marinos de la provincia de Hainan
El propietario u operador de un buque pesquero es totalmente responsable de la seguridad del mismo, y el capitán es directamente responsable de la seguridad del buque y su tripulación. Artículo 3 El departamento administrativo provincial de pesca es responsable de la supervisión e inspección de la producción segura de los buques pesqueros marinos de la provincia.
Los departamentos administrativos de pesca de las ciudades y condados costeros son responsables de la supervisión y gestión de la producción segura de los buques pesqueros marinos dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Los departamentos pertinentes, como el de supervisión de la seguridad de la producción, asuntos marítimos, seguridad pública y defensa fronteriza y meteorología, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, harán un buen trabajo en la seguridad de la producción de los buques pesqueros marinos de acuerdo con la ley. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos con logros sobresalientes en la producción segura de buques pesqueros marinos. Artículo 5 Para la fabricación, modificación, compra e importación de embarcaciones pesqueras, las solicitudes de inspección de embarcaciones pesqueras, registro de embarcaciones pesqueras y licencias de pesca deben presentarse a los departamentos pertinentes de conformidad con la ley. Artículo 6 Las unidades dedicadas al diseño, fabricación y renovación de embarcaciones pesqueras deberán obtener las calificaciones de conformidad con la ley y obtener los certificados de calificación correspondientes. Artículo 7 Los buques pesqueros deben cumplir las siguientes condiciones antes de poder navegar y operar:
(1) Poseer un certificado de inspección de buques pesqueros, un certificado de registro de buques pesqueros y una licencia de pesca;
(2) ) están equipados con equipos de seguridad tales como equipos de protección contra incendios, salvamento, comunicaciones, ayudas a la navegación y equipos de recepción de información meteorológica de acuerdo con la normativa, y los mantienen en buenas condiciones;
(3) La tripulación de servicio posee un certificado de tripulación de guardia del nivel correspondiente y los tripulantes ordinarios poseen un certificado de capacitación;
(4) Nombre del barco, número de barco, puerto de registro que cumple con los requisitos;
(5) Equipado con los correspondientes libros de navegación, cartas y otra información;
(6) Otras condiciones estipuladas en leyes, reglamentos y normas. Artículo 8 Los buques pesqueros estarán equipados con equipos de radiocomunicación. Los barcos que no sean de acero de 15 metros de eslora, los de acero de 12 metros o los barcos de pesca con un motor principal de 44,1 kilovatios o más deben estar equipados con radios de banda lateral única, radio walkie-talkies y equipo de navegación por satélite. Los buques pesqueros con una eslora que no sea de acero inferior a 15 metros, un buque de acero con una eslora inferior a 12 metros y una potencia del motor principal inferior a 44,1 kilovatios están equipados con radio u otros equipos de comunicaciones móviles. Artículo 9 Los departamentos administrativos de pesca a nivel de condado o superior deberán, de acuerdo con las normas y reglamentos pertinentes, hacer un buen trabajo en la planificación, construcción y gestión de estaciones de radio pesqueras dentro de su jurisdicción.
Los comités de municipios y aldeas (residentes) que han establecido estaciones de radio pesqueras deben establecer y mejorar el sistema de funciones para transmitir rápidamente información sobre la seguridad de los barcos pesqueros, el clima y otra información para brindar servicios para la producción segura de los barcos pesqueros. Artículo 10 Los propietarios u operadores de buques pesqueros desempeñarán las siguientes responsabilidades de seguridad de la producción pesquera:
(1) Establecer y mejorar un sistema de responsabilidad de la producción segura;
(2) Organizar la implementación de las medidas pertinentes sistemas nacionales de normas de seguridad y procedimientos operativos técnicos de seguridad;
(3) Fortalecer la gestión de seguridad de la producción y eliminar posibles riesgos de accidentes de manera oportuna;
(4) Educar a los miembros de la tripulación sobre seguridad y leyes y regulaciones relacionadas con el extranjero;
(5) Organizar simulacros y entrenamiento de rescate de emergencia;
(6) Informar accidentes de producción de seguridad y situaciones de peligro de manera oportuna y veraz.
Al hacerse a la mar, los miembros de la tripulación deben cumplir con las normas de seguridad de la producción pesquera y los procedimientos operativos técnicos de seguridad, obedecer a la dirección y usar y usar correctamente el equipo de protección para las operaciones pesqueras.
La tripulación tiene derecho a presentar sugerencias para rectificar los riesgos para la seguridad del buque pesquero, y puede negarse a abordar el barco hasta que se eliminen los riesgos para la seguridad. Artículo 11 El propietario u operador de un buque pesquero contratará un seguro de daños personales para los pescadores que se hagan a la mar.
Los gobiernos populares en todos los niveles pueden adoptar subsidios y otras medidas para alentar a los propietarios u operadores de buques pesqueros a comprar seguros contra lesiones personales y seguros de propiedad de buques pesqueros para los pescadores que se hacen a la mar. Artículo 12 Los buques pesqueros en el mar implementarán un sistema de producción de clases (grupo), y los buques pesqueros de la misma clase (grupo) tienen la responsabilidad de ayudarse y rescatarse entre sí.
Los barcos pesqueros pueden organizar flotas pesqueras (grupos) según los métodos de operación y las áreas marítimas de operación. Las flotas pesqueras (grupos) se organizan según los municipios y se organizan e implementan por comités de aldea (barrio).
Los barcos pesqueros propiedad de las empresas de producción pesquera son organizados por las propias empresas para ayudar (a los grupos) a salir al mar para realizar operaciones. Artículo 13 Los barcos pesqueros y las pandillas (grupos) se harán a la mar con las pandillas (grupos), y los barcos pesqueros no pueden abandonar las pandillas (grupos) sin autorización, si realmente necesitan abandonar la pandilla (grupo), deben hacerlo; informe al capitán del barco (grupo) y al pueblo (residente) al que pertenecen) informe del comité.
Los barcos pesqueros de una misma cuadrilla (grupo) deberán mantener una distancia inferior a 5 millas náuticas cuando naveguen u operen; si la distancia excede las 5 millas náuticas, deberán informar al líder (grupo) y mantenerse; comunicación abierta. Artículo 14 Durante la operación en el mar, el líder del puerto (equipo) se mantendrá en contacto con la estación pesquera a la que pertenece todos los días e informará periódicamente al líder del puerto (equipo) sobre la dinámica del buque pesquero que viole la producción; Se ordenará a los reglamentos del equipo (equipo) que hagan correcciones y se podrá recomendar que los departamentos pertinentes impongan sanciones a los buques pesqueros que violen los reglamentos. Artículo 15 La navegación, operación y fondeo de las embarcaciones pesqueras se ajustarán al Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes en el Mar y a las normas nacionales sobre seguridad del tráfico marítimo y evitación de operaciones de pesca.