Normativa sobre el sadismo
Los cuatro departamentos de la Oficina de Seguridad Pública, la Fiscalía y el Departamento de Justicia emitieron conjuntamente las "Opiniones sobre el manejo de casos penales de violencia doméstica de conformidad con la ley". Los "Dictamenes sobre la tramitación de casos penales de violencia doméstica de conformidad con la ley" proporcionan orientación sobre la tramitación de casos penales de violencia doméstica desde cuatro aspectos: principios básicos, aceptación del caso, condena y castigo, y otras medidas.
La tercera parte de los “Dictamenes sobre la Tramitación de los Casos Penales de Violencia Doméstica conforme a la Ley” brinda orientación sobre la condena y sanción de los delitos de violencia doméstica, y propone esclarecer la identificación de los delitos de maltrato y abandono. , e implementar efectivamente la política criminal de combinar indulgencia con severidad.
1. La violencia doméstica y el abuso pueden ser condenados por homicidio intencional.
La Oficina de Seguridad Pública y el Departamento Judicial emitieron opiniones conjuntas sobre el manejo de casos penales de violencia doméstica de acuerdo con la ley. Es claro que no existe ninguna esperanza subjetiva en cometer violencia doméstica o permitir que la víctima sea gravemente herida o muerta intencionalmente, violencia con arma, medios crueles y de grado relativamente fuerte, que directa o inmediatamente cause lesiones graves o la muerte a la persona. víctima, será condenada y sancionada por el delito de lesión dolosa u homicidio doloso.
2. Se identificará con precisión la "defensa legítima" de la violencia doméstica
La Oficina de Seguridad Pública, la Fiscalía y el Departamento de Justicia emitieron conjuntamente opiniones claras sobre el manejo de los casos de violencia doméstica. Se tomarán actos de violencia doméstica en curso siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley penal y se considerarán legítima defensa de conformidad con la ley, y no habrá responsabilidad penal. Si la defensa causa lesiones graves o la muerte al perpetrador, y la cantidad obviamente excede el límite necesario, la defensa es excesiva y uno debe ser considerado penalmente responsable, pero la pena debe reducirse o eximirse.
3. Matar al perpetrador después de violencia doméstica prolongada puede clasificarse como homicidio intencional con “circunstancias menores”
La Oficina de Seguridad Pública y el Poder Judicial emitieron opiniones conjuntas sobre casos de violencia doméstica. que establecía claramente que después de un largo plazo de violencia doméstica, aquellos que intencionalmente matan o hieren al perpetrador para evitar ser sometidos nuevamente a violencia doméstica o para escapar de la violencia doméstica pueden ser tratados con indulgencia según corresponda. Matar al perpetrador debido a violencia doméstica grave y daños físicos y mentales graves puede considerarse un homicidio intencional "con circunstancias relativamente menores".
4. El "abandono" también es un homicidio intencional.
Para Quienes esperan o permiten que la víctima muera, incumplen sus obligaciones de manutención, provocando que la víctima muera por falta de cuidados, o toman a la víctima que no puede valerse por sí misma y la abandonan en un lugar donde las personas son extremadamente escasas. , lo que dificulta que la víctima sea rescatada, debe ser condenada y castigada por homicidio intencional.